La solución para expertos en gestión de personas
Con vigencia desde el 9-12-2021, se modifican las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual (EPI). Su finalidad es adaptar el contenido de sus anexos a lo establecido en la normativa europea (Dir 2019/1832) (RD 1076/2021).
En particular, se modifican los anexos de la norma para adaptarlos a la directiva y garantizar que los EPI proporcionados por los empresarios a sus trabajadores y trabajadoras respeten los requisitos establecidos en el Rgto (UE) 2016/425, evitando que la falta de armonización en su terminología de lugar a contradicciones entre la normativa relativa al diseño, la fabricación y la comercialización de equipos de protección individual y la normativa en materia de utilización de equipos de protección individual.
La norma consta de un artículo con cinco apartados en los que se modifican las referencias a los anexos y se incluyen tres nuevos anexos con el siguiente contenido: