La solución para expertos en gestión de personas
Con efectos desde el 23-5-2024, tienen derecho a una bonificación del 50 % en sus aportaciones a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de desempleo, FP y FOGASA, durante la vigencia de los contratos, las empresas dedicadas a actividades encuadradas en los siguientes sectores de Ceuta y Melilla:
Es preciso que tales empresas tengan cuentas de cotización asignadas en las que tengan personas trabajadoras con contratos indefinidos o de sustitución por causa de incapacidad temporal que presten actividad en las referidas ciudades.
Se excluyen de la bonificación la administración pública y las entidades, organismos y empresas del sector público.
La bonificación resultará de aplicación mientras estén vigentes los Planes Integrales de Desarrollo Socioeconómico de las Ciudades de Ceuta y Melilla.