La solución para expertos en gestión de personas
Se publica la L 4/2021 como resultado de la tramitación legislativa del RDL 10/2020 que, entre el 30-3-2020 y el 9-4-2021, reguló la obligatoriedad de un permiso retribuido y recuperable para los trabajadores por cuenta ajena que prestaba servicios en actividades no consideradas esenciales.
La medida tenía por objeto reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. Aunque se permitía a las empresas establecer el número mínimo de plantilla o los turnos de trabajo necesarios para mantener la actividad mínima indispensable, tomando como referencia la actividad y plantilla mantenida en un fin de semana ordinario o en festivos.
La nueva norma mantiene íntegro el contenido del RDL 10/2020 y establece su vigencia desde el 13-4-2021.