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01/02/2023
¿Puede la empresa decidir unilateralmente el descuento en nómina de unos salarios abonados por error?

La AN declara que una empresa puede descontar en nómina (compensación de deudas) las cantidades abonadas por error cuando no existe controversia sobre la existencia de la deuda y se trata de cantidades líquidas y exigibles (AN 23-12-22, EDJ 794554).

Tras una subrogación empresarial y dado que las retribuciones que percibían los trabajadores de las empresas cedentes eran inferiores, la empresa establece para cada trabajador el llamado «complemento handling» que aglutinaba las diferencias retributivas. Meses más tarde...