La solución para expertos en gestión de personas
No vulnera el derecho a la intimidad el hecho de que la empresa, tras el despido disciplinario del trabajador, imprima sus correos personales y se los entregue, teniendo en cuenta que no está autorizado el uso personal del correo corporativo y se dio un plazo al trabajador para eliminar los correos personales antes de impedirle el acceso. Además, el trabajador facilita a la empresa una cuenta personal para el reenvío de los correos personales, por lo que está consintiendo tácitamente su lectura (TSJ Asturias 24-10-23, EDJ 736424).
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