portal experto RRHH

La solución para expertos en gestión de personas

novedades

01/07/2022
Publicada la reforma de los planes de pensiones

La L 12/2022, en vigor desde el 2 de julio de 2022, tiene como principal objetivo impulsar los planes de pensiones colectivos. Trata de facilitar el acceso a estos mecanismos de ahorro de bajas comisiones a trabajadores de rentas medias y bajas y de pequeñas y medianas empresas, así como a trabajadores autónomos y jóvenes.

La ley se apoya en la negociación colectiva, al tiempo que simplifica los trámites para la contratación de estos planes, con unos costes de gestión más bajos y que incluyen beneficios e incentivos fiscales tanto para los trabajadores como para las empresas. Entre las principales medidas cabe destacar:

1. La creación de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abierta. Actuará como entidad promotora pública la Comisión Promotora y de Seguimiento como órgano colegiado conformado por miembros de la Administración General del Estado. A dicha Comisión se le atribuyen funciones fundamentales sobre estos fondos de pensiones en su constitución y disolución, establecer las directrices de la inversión común de los fondos de pensiones de promoción pública abiertos y realizar un seguimiento periódico sobre las actividades y devenir de los mismos.

2. A los fondos de pensiones de empleo de promoción pública abierta se van a poder adscribir planes de pensiones simplificados. Tienen esta consideración, entre otros, los promovidos por las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de un convenio colectivo estatutario de carácter sectorial que instrumenten compromisos por pensiones a favor de sus trabajadores. Las empresas deben adherirse al plan de pensiones de empleo sectorial simplificado si así lo prevé el convenio colectivo, aunque pueden mejorar el importe de las contribuciones empresariales acordadas.

Los planes de pensiones de empleo simplificados deben ser de la modalidad de aportación definida para la contingencia de jubilación y deben contener unas especificaciones comunes para todas las empresas o entidades integradas en ellos.

Las obligaciones de contribución son responsabilidad de cada empresa, respecto de sus trabajadores, y de los trabajadores autónomos.

3. Se prevé la creación de una plataforma digital común (pendiente de desarrollo reglamentario) que podrá ser utilizada por todas las entidades gestoras y depositarias de los fondos de pensiones de empleo de promoción abierta.

4. Se incrementan los límites a las aportaciones de los trabajadores a los planes de pensiones.

5. Se incrementa el incentivo fiscal en los mismos términos que los límites a las aportaciones, favoreciendo especialmente a rentas medias y bajas y jóvenes

6. Se modifica la LGSS para establecer una reducción de la cuota empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social respecto de los importes de las contribuciones empresariales a los planes de pensiones de empleo (LGSS disp.adic.47ª redacc L 12/2022). Para que la TGSS pueda efectuar estas reducciones, las empresas tienen que comunicarle estas contribuciones, antes de solicitar el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente, a través del Sistema Red (LGSS art.147.3 y disp.adic.47ª redacc 12/2022).

L 12/2022, BOE 1-7-22