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06/07/2022
Responsabilidad empresarial por el cese simultáneo del jubilado parcial y del relevista por despido objetivo

Cuando la empresa extingue por causas objetivas los contratos de trabajo del trabajador relevista y del jubilado parcial, que sigue percibiendo la prestación por jubilación anticipada, sin afectar dichas extinciones a la totalidad de la plantilla, subsiste la obligación de contratar a otro relevista y, en caso contrario, procede la responsabilidad empresarial en el pago de la prestación de jubilación parcial (TS 10-5-22, EDJ 574636).

En estos casos no es de aplicación la doctrina que excluye dicha responsabilidad empresarial cuando la extinción de los contratos que afecta a la totalidad de la plantilla como consecuencia de la aprobación de un expediente de regulación de empleo.

Por tanto, cuando la empresa procede al despido colectivo de una parte de sus trabajadores, entre los que incluye al jubilado parcial y al relevista, sin afectar a la totalidad de la plantilla, dado que la empresa mantiene su actividad, no hay razones que justifiquen la resolución del contrato del relevista. Esto determina la activación de la cláusula de responsabilidad empresarial que contempla el RD 1131/2002 disp.adic.2ª.