La solución para expertos en gestión de personas
Se modifica el RD 625/2014 de forma que, a partir del 1-4-2023, en los primeros 365 días de los procesos por IT solo se entregará una copia del parte médico de baja, confirmación o de alta a la persona trabajadora, eliminándose la segunda copia y la obligación de la persona trabajadora de entregarla en la empresa, entidad gestora o mutua.
El servicio público de salud o, en su caso, la mutua o la empresa colaboradora remitirá los datos contenidos en los partes médicos de baja, confirmación y alta al INSS por vía telemática, de manera inmediata, y, en todo caso, en el primer día hábil siguiente al de su expedición.
A su vez, ...