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06/09/2022
¿Se puede reducir el crédito horario si disminuye la plantilla?

El TS reitera que, en caso de disminución de plantilla, la empresa puede ajustar unilateralmente el crédito horario de los delegados sindicales, acomodándolo al número real de trabajadores de la empresa en los que el delegado sindical debe desarrollar su función (TS 14-7-22; EDJ 641677).

El delegado sindical en la empresa tiene un crédito horario acumulado de 80 horas. La empresa comunica a su sindicato que el número de trabajadores ha disminuido por debajo de 751, por lo que a ese delegado sindical le corresponde un crédito horario de 35 horas.

En concreto, la plantilla de la empresa a fecha del 23-3-2020 era de 763 trabajadores. Con efectos del 31-3-2020 se extinguieron 22 contratos temporales, 20 de ellos estaban vinculados por contratos de duración superior a un año y 2 superaban los 200 días. Antes del 20-4-2020, la empresa despidió a 3 trabajadores más. Por consiguiente, en la fecha de la comunicación empresarial relativa a la minoración del crédito horario (el 20-4-2020) la plantilla era inferior a 751 trabajadores. No se ha acreditado cuál fue la fluctuación de la plantilla en el año anterior a la comunicación empresarial, ni consta cuál era la media anual de trabajadores de la empresa en el año anterior, pero sí se acredita una disminución persistente del número de trabajadores de la empresa.

La doctrina jurisprudencial permite que la empresa ajuste el crédito horario de los delegados sindicales cuando se produce una disminución de plantilla, acomodándolo al número real de trabajadores con los que el delegado sindical debe desarrollar su función.

En este caso, la disminución justifica la decisión del empleador de reducir el crédito horario del delegado sindical, ajustándolo a la plantilla de la empresa. El TS considera que existe una causa objetiva y razonable de la medida empresarial, por lo que no se ha vulnerado el derecho fundamental de libertad sindical, ni cabe indemnización reparadora alguna. Ello sin perjuicio de que vuelva a adecuarse el crédito horario a la plantilla, en caso de recuperación de la plantilla anterior.