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29/04/2024
Campaña de la ITSS contra posibles abusos en el periodo de prueba

La ITSS va a verificar especialmente los contratos de trabajo, ya sean a tiempo parcial o jornada completa, que se extinguen por no superar el periodo de prueba a pesar de haber excedido su duración máxima, así como los despidos de personas trabajadoras que no superan el periodo de prueba a pesar de haber sido contratada previamente para realizar las mismas funciones.

El régimen normativo del periodo de prueba establece (ET art.14):

  • Una duración máxima de seis meses para técnicos titulados (2 meses en caso contrario)
  • En las empresas con menos de 25 trabajadores será tres meses a excepción de los técnicos titulados.
  • En los contratos temporales de 6 meses o menos, no puede exceder un mes.
  • Si la persona trabajadora ya desempeñó las mismas funciones con anterioridad no se someterá a un nuevo periodo de prueba.

A través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude, la Inspección de trabajo buscará posibles irregularidades para evitar que algunas empresas recurran a fórmulas que mermen los derechos de las personas trabajadoras y supongan un obstáculo para la libre competencia entre las empresas.

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