portal experto RRHH

La solución para expertos en gestión de personas

novedades

18/06/2021
Complemento de IT: ¿se aplica a las bajas por COVID-19?

La AN establece que el complemento de IT recogido en el convenio colectivo para los supuestos derivados de accidente de trabajo no es de aplicación a las situaciones asimiladas legalmente a accidente de trabajo como son el contagio, aislamiento o restricción de movilidad causados por el COVID-19 (AN 13-5-21, EDJ 574084).

El convenio colectivo aplicable en una empresa establece un complemento hasta el 100% de la base reguladora del mes anterior a la baja para las situaciones de IT derivadas de accidente de trabajo, enfermedad profesional u hospitalización. Los sindicatos denuncian que este complemento no se está abonando a las situaciones de IT asimilada a accidente de trabajo por haber estado el trabajador aislado, contagiado o con restricciones en las salidas del municipio de residencia como consecuencia del virus COVID-19, contempladas en el RDL 6/2020 art.5. Por ello presentan demanda en solicitud de que se reconozca este derecho a los trabajadores de la empresa.

La AN considera que el complemento reclamado no puede hacerse extensiva a las situaciones reclamadas en base a los siguientes argumentos:

  1. La asimilación a accidente de trabajo se refiere exclusivamente a efectos de la prestación económica por IT. Supone una ventaja para los trabajadores, que perciben la prestación en mayor cuantía que si se considerara enfermedad común, y para los empresarios, pues de tratarse de contingencia común deberían abonar a su cargo los días 4º a 15º del subsidio.
  2. El complemento de IT es un mero complemento voluntario a cargo de la empresa y amparado en el convenio colectivo. Por lo tanto, debe interpretarse con arreglo a las cláusulas que lo establezcan. En el analizado, solo se ha previsto para las situaciones accidente de trabajo, enfermedad profesional y hospitalización.
  3. Las mejoras voluntarias de la Seguridad Social no son autónomas, sino que están en función de dinámica de la prestación que mejoran. En este caso, los períodos de aislamiento, contagio o restricciones a las salidas del municipio de residencia como consecuencia del COVID-19 no son una lesión corporal sufrida con ocasión o como consecuencia del trabajo.

Por todo ello, la AN desestima la demanda.