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La AN establece que el complemento de IT recogido en el convenio colectivo para los supuestos derivados de accidente de trabajo no es de aplicación a las situaciones asimiladas legalmente a accidente de trabajo como son el contagio, aislamiento o restricción de movilidad causados por el COVID-19 (AN 13-5-21, EDJ 574084).
El convenio colectivo aplicable en una empresa establece un complemento hasta el 100% de la base reguladora del mes anterior a la baja para las situaciones de IT derivadas de accidente de trabajo, enfermedad profesional u hospitalización. Los sindicatos denuncian que este complemento no se está abonando a las situaciones de IT asimilada a accidente de trabajo por haber estado el trabajador aislado, contagiado o con restricciones en las salidas del municipio de residencia como consecuencia del virus COVID-19, contempladas en el RDL 6/2020 art.5. Por ello presentan demanda en solicitud de que se reconozca este derecho a los trabajadores de la empresa.
La AN considera que el complemento reclamado no puede hacerse extensiva a las situaciones reclamadas en base a los siguientes argumentos:
Por todo ello, la AN desestima la demanda.